"Violencia del
reduccionismo"
(VII)
“La estrecha
viculaciòn entre justificaciòn de la violencia e intereses
sociales dominantes muestra que, en definitiva, la violencia no
es medida por si misma, sino por sus productos.”
Violencia y Agresiòn
Social, Ignacio Martìn Barò (SJ)
Desde el punto de vista
dialèctico materialista, la violencia puede constituir un medio
para superar situaciones negativas y puede, la misma violencia
generar nuevas posibilidades històricas, llegàndose a decir que
la violencia puede hasta parir mejores condiciones de vida.
Mientras que en el polo
opuesto, los pacifistas estàn convencidos de que si la condiciòn
humana se desarrollara en armonìa frente a los objetivos de la
existencia colectiva, la violencia interpersonal e intergrupal
carecerìa de sentido y de justificaciòn.
Pero, desgraciadamente
lo que impera en todas las sociedades es el conflicto de
intereses entre individuos particulares y entre grupos de la
piràmide social.
Y resulta que, cuando la
violencia le sirve a unos para utilizar como instrumento a
otros, se puede afirmar que la violencia, de hecho, està
presente en la historia humana y puede hacer necesaria la
apariciòn de una forma de violencia diferente a la que la
cotidianidad nos tiene acostumbrados.
Este pensamiento es el
que impulsò a Juan Jacobo Rosseau a plantear la teorìa del
“Contrato social” con la intenciòn marcada de controlar los
abusos de los màs fuertes y asì, hacer posible la convivencia
colectiva y el respeto al denominado “bien comùn”.
Dentro del marco del
criterio “violencia” planteado en esta entrega, se acepta la
insurrecciòn y el tiranicidio, màs que como manifestaciones de
violencia, como derechos inherentes a la sociedad.
¿Tiene la violencia
caràcter intrìnseco? Los profesionales de la psicologìa estàn de
acuerdo con que la violencia deshumaniza al que ejerce la
agresiòn y deshumaniza a la vìctima.
Dicen, que la vìctima
puede ser un objeto instrumentalizado para que sea vìcitma al
servicio de intereses ajenos, en ese caso se le castiga, y si
deja de ser instrumento y se convierte en un obstàculo, se le
elimina.
Si desde el punto de
vista històrico, se ha obtenido un resultado conveniente al bien
comùn, producto de una acciòn violenta, la violencia no es
condenable, es decir, si la violencia genera un producto
històrico conveniente a determinado grupo social, no se la
define como tal sino que se le endilga otro adjetivo.
Imagìnese el lector una
cadena de metal sostenida en uno de sus extremos por el
esclavista y en el otro extremo el grillete amarrando al
esclavo.
Colòquese del lado que
màs se ajuste a su conformaciòn ideològica, proceda a romper el
encubrimiento de los intereses establecidos, y verà que el acto
de violencia necesario en cada extremo no es igual.
Para el esclavista la
violencia que ejerce en su lado de la cadena, es un maniqueismo
que convierte al esclavo en un subproducto humano, y el sentido
y el carácter de su acto de violencia se justifica en la
necesidad de mantener el orden.
Para el esclavo la
violencia es un acto prohibido, estigmatizado como desovediencia,
mediante el cual se puede lograr la libertad, pero no una
libertad con respecto a la cadena, sino con respecto a un
sistema, a un orden establecido en su contra.
Si hace este ejercicio
verà que la diferencia esencial no està en la forma extrìnseca
del acto de violencia sino en su producto, entièndase en su
resultado.
(Continuarà)
El Lic. Angel Artiles Díaz es Prof. Titular de la Carrera de
Derecho (UTESA-Puerto Plata)
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