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		LOS COMBUSTIBLES Y LA LEY
		  
		La estructura de 
		precios de los combustibles para uso vehicular la componen 6 elementos, 
		en los que se incluye el precio de paridad de importación 
 
		A pesar de los diversos reclamos 
		de algunos sectores que solicitan modificaciones a la ley 112-00, 
		entendemos que el país ha avanzado mucho en términos del reordenamiento 
		del mercado de los combustibles, tanto con la promulgación en el 2001 de 
		la ley y su reglamento, que introdujeron elementos de transparencia y 
		eliminaron la discrecionalidad que otorgaba el llamado “diferencial del 
		petróleo”.   
		Y la firma de Petrocaribe en 
		septiembre del 2005, acuerdo firmado en un momento fundamental para la 
		recuperación de la economía dominicana, con el cual obtuvimos un 
		financiamiento del 40% de las importaciones de petróleo a 25 años, y el 
		60% restante en 90 días, permitiéndole al Gobierno reducir la presión de 
		la factura petrolera.   
		El artículo 8 de la ley 112-00 
		se refiere al desglose de los elementos que componen el precio de los 
		combustibles y el período semanal de su publicación nacional, todo sobre 
		la base de los precios de los combustibles en el mercado internacional y 
		la tasa de cambio suministrada por el Banco Central.  
		 
		La estructura de precios de los combustibles para uso vehicular está 
		compuesta por 6 elementos que son el precio de paridad de importación 
		(que considera el precio FOB internacional de los combustibles, flete, 
		seguro, comisión bancaria, cargo por terminal y el GAL), el impuesto de 
		la ley 112-00, el impuesto a la ley 557-05 (16%), los márgenes del 
		distribuidor y el detallista y la comisión de transporte.  
		De modificarse la ley tributaria 
		de hidrocarburos 112-00 y revisar las facilidades derivadas de 
		Petrocaribe, sugerimos 4 puntos para analizar.   
		Primero, que el Precio de 
		Paridad de Importación sea desglosado en todos sus costos de tal forma 
		que conozcamos la procedencia y el precio FOB del combustible que 
		consumimos.   
		Segundo, ampliar el periodo de 
		fijación de los precios en vez de semanal a un mes sobre la base de 
		precios ponderados, esto evitaría elementos especulatorios, así como 
		ayudaría a la planificación de los consumidores.  
		 
		Tercero, consensuar el redireccionamiento de los recursos y facilidades 
		derivadas de Petrocaribe, de tal forma que las inversiones resultantes 
		de los ingresos que percibe el Gobierno fruto del crédito diferido a 25 
		años sean “inversiones sustentables” de tal modo que no comprometan 
		financieramente las futuras generaciones con inversiones improductivas. 
		Y cuarto, fomentar una “cultura de ahorro de combustibles” a través del 
		Fondo de Interés Nacional.  
		Milton Morrison es ingeniero 
		
		
		[email protected]  
		
			
				
						
							
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