Privatización de los Servicios Públicos: un Mal Inducido (II).

Ultima Actualización: lunes, 29 de agosto de 2022. Por: Roque de León B

Por: Roque J. de León B. (MAE)

Recientemente escribí un artículo del que su título sólo difiere de éste en el dígito II, hice algunas puntualizaciones referentes al Sistema Dominicano de Seguridad Social; hoy, a solicitud de algunos lectores retorno sobre el mismo para tocar otros de sus componentes como son: las AFP (Administradoras de Fondos de Pensiones) y la ARL (Administradora de Riesgos Laborales), no menos importantes que las ARS (Administradoras de Riesgos de Salud).

Debe llamarnos la atención que aspectos tan vitales y determinantes para nuestra salud en el presente al igual que en el futuro y, en ocasiones para la vida misma, sean desconocidos por una gran cantidad de ciudadanos de clases media y baja; por lo que es urgente que la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) asuma con mayor eficacia su rol.

Un tema urgente que debe ser abordado y socializado a todos los niveles es el de la edad a que los afiliados son retirados por las ARS del plan complementario de salud y el caso de los hijos que aún a los 21 años de edad continúan siendo estudiantes por el tipo de carreras seleccionadas, así como, el alto costo de los planes privados.

En relación a las no menos importantes y polémicas AFP (Administradoras de Fondos de Pensiones), después de tantos años de su creación aún hay afiliados que no conocen a cuál de ellas pertenecen y, no reciben el más simple de los servicios que es, su estado de cuenta.

De igual manera un alto porcentaje de éstos desconocen el protocolo para cuando llegue el momento de retirarlos del sistema por haber cumplido 65 (sesenticinco) años de edad, pero no tienen 30 (treinta) inscritos en el Sistema Dominicano de Seguridad Social para optar por una pensión o que simplemente, les sean devueltos sus ahorros. También se debe socializar el proceso utilizado para asignar las pensiones, el sistema de estas con el que es beneficiado el afiliado y por qué.

Por un asunto de equilibrio y equidad social, entiendo que los actores llamados a tomar decisiones dentro de este modelo de seguridad para la tercera edad, deben desarrollar un plan que asegure el estilo de ganar-ganar, como garantía de participación, compromiso y tranquilidad para todos.

Las instituciones responsables de sostener: el funcionamiento y cumplimiento de la Ley 87-01, el aspecto financiero del Sistema Dominicano de Seguridad Social, así como de defender, orientar, educar e informar a los afiliados (SISALRIL y DIDA) respectivamente, deben crear y desarrollar un sistema inteligente de información que les asegure la vigilancia y seguimiento al derecho que tienen sobre sus aportes.

Cuando echamos una mirada a la ARL (Administradora de Riesgos Laborales), notamos que dentro del sistema esta es mucho más responsable que las demás con los que aportan los recursos al sistema (Empleados y Empleadores); debido a que a los 5 (cinco) días de ocurrir un accidente laboral, bien manejado y sustentado, ellos asumen la garantía del 75% del salario al afiliado.

En ese orden son extremadamente garantistas y responsables de los derechos de las parturientas en el proceso de lactancia, de acuerdo a lo estipulado por la Ley que da origen al Sistema Dominicano de Seguridad Social. Al finalizar, seguro y convencido estoy de que si nuestro Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) cumpliera medianamente con su Misión y Visión, otro sería el nivel de servicios brindados a los afiliados, por el dinero que pagan a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) y del que se benefician las instituciones que, por demás, hacen de nuestro Sistema Dominicano de Seguridad Social ("TRIPARTITO"), un lucrativo negocio, unilateral.

ROQUE J. DE LEÓN B. (MAE)

DIPLOMADO EN TÉCNICAS DE COMUNICACIÓN SOCIAL

INTEGRAL

MIEMBRO DEL SNTP Y EL SINLOPP