La migración política

Ultima Actualización: sábado, 20 de enero de 2024. Por: Maria Cristina Gonzales

En República Dominicana es un tema recurrente en el quehacer político. El llamado trasfuguismo data de los primeros años de la independencia, cuando Tomas Bobadilla Briones después de haber sido enviado al exilio por Santana el 12 de junio del 1847 regresa del exilio en el año 1849, y se congracio con Santana y fue Nombrado procurador fiscal de la Suprema Corte de Justicia, ocupando dicho puesto para 1851.

El título VII artículo 140 de la ley 2023 orgánica del régimen electoral del 17 de febrero 2023 dice lo siguiente “Transfuguismo en las candidaturas. Las personas que hayan sido nominadas para ser postuladas por un partido, agrupación, movimiento político o alianza a la cual pertenezca el mismo, a un cargo de elección, no podrán ser postuladas por ningún otro partido, agrupación, movimiento político o alianza, en el mismo proceso electoral.

Desde mi opinión es una práctica que se originó como resultado de la traición a sus compañeros de partido o de grupo, contraria a la formación política de los partidos envueltos, hoy es normal, no deseo entrar en juicio de valor en algo que se ha vuelto ordinario y hasta cierto punto amparado y prohijado en el sistema clientelar sin grandes propuestas. El arrastre cimentado en los intereses individuales.

Las razones por las cuales los políticos dominicanos migran de un partido a otro con tanta facilidad son sorprendentes. Aunque la legislación pretende preservar la estabilidad de los partidos políticos, la calidad de la Democracia, la lealtad del líder y al programa que postula, y a sus electores, Tal vez existan otros intereses que no se ven a simple vista.