LLAMADO A LA SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DOMINICANA

Ultima Actualización: martes, 05 de octubre de 2010. Por: Luis Henriquez Canela

Nos hemos preguntado en incontables ocasiones, dónde estaba la Asociación de Corredores de Seguros de la República Dominicana cuando se aprobó la Ley 146-02 Sobre Seguros y Fianzas de la República Dominicana la cual, en su artículo No. 6 establece que los contratos de seguros y fianzas (…) deberán ser suscritos en la República Dominicana, DIRECTAMENTE o a través de Intermediarios (…).

Aunque no es fácil decepcionar a un buen vendedor, la desazón que nos causó el escenario nos hizo escribir lo que escribimos ahora. Son decenas de casos del mismo tipo donde las compañías de seguros abren códigos a gente que  nunca ha asistido a curso alguno de seguros.

 

Voy a llamar a la Asociación de Corredores de Seguros (ADOCOSE) para ver si ellos me pueden hacer una póliza que me cubra las consecuencias de lo que voy a decir más adelante. Aunque en los años que llevo viendo pólizas de todo tipo no he encontrado ninguna que cubra para cuando alguien comienza a decir verdades. He pensado que tal vez una de responsabilidad civil me pudiera cubrir. ¿Lo que escribiré va a ocasionar un perjuicio? Depende. Si a quien va dirigido es lo suficientemente maduro para aceptar criticas constructivas, no creo. Va a ser un hecho cierto, si, pero no eventual. No será directo, ni personal, por eso tampoco podría endilgársele una falta. La carencia de estas características dicen que la RC no cubre. ¿Cuál cubre? No sé. Dígame usted.

 

La finalidad de esto que escribo, no es imponer verdades, sino mostrar posibilidades, formas de cómo podrían hacerse las cosas.  Nos hemos preguntado en incontables ocasiones, dónde estaba la Asociación de Corredores de Seguros de la República Dominicana cuando se aprobó la Ley 146-02 Sobre Seguros y Fianzas de la República Dominicana la cual, en su artículo No. 6 establece que los contratos de seguros y fianzas (…) deberán ser suscritos en la República Dominicana, DIRECTAMENTE o a través de Intermediarios (…).

 

He aquí una breve y dolorosa historia. Hace más o menos un año, como amigo del relacionista público de un proyecto de construcción para la venta por apartamentos a extranjeros, fui invitado a la inauguración. Había solicitado una cita con los propietarios semanas antes, con la finalidad de ofertarles los servicios de la compañía de corredores de seguros que regenteo. Dicha cita no se materializó porque los propietarios se encontraban en Canadá y no vendrían hasta la fecha de la inauguración del proyecto. Asistimos con la finalidad de verlos personalmente, ubicar una fecha posterior para presentarles el portafolio de soluciones para este tipo de construcción, pero, no fue posible. ¡Vaya sorpresa!

 

En plena actividad nos enteramos que ya directamente varias compañías le habían hecho las ofertas y que finalmente al contador del proyecto le habían facilitado un código y suscrito las pólizas para la construcción.

 

Aunque no es fácil decepcionar a un buen vendedor, la desazón que nos causó el escenario nos hizo escribir lo que escribimos ahora. Son decenas de casos del mismo tipo donde las compañías de seguros abren códigos a gente que nunca ha asistido a curso alguno de seguros. A esposas de empresarios, a primos, a empleados y luego la misma compañía le da el servicio al cliente mientras el nombrado funge como agente. Pasan años en esa situación, sin ningún tipo de licencia o permiso, sin acreditación, pero lo que es peor, sin conocimiento. Esa misma persona a la que la compañía aseguradora le abrió el código comienza a vender primero entre sus familiares y luego al público en general. ¿Con qué conocimiento? ¿Con qué preparación? Con ninguna. Colocan pólizas mal hechas en el mercado, patrocinadas por compañías de seguros irresponsables. Le hacen un daño tremendo al mercado. ¿Y la Superintendencia de Seguros qué papel juega en este escenario?  Ninguno. Se limita a colectar cifras. El papel protagónico de la Superintendencia de Seguros lo tuvo con la liquidación de las compañías de seguros que quebraron. Ahora su papel pasivo la asemeja a una entidad sin vida ni objeto aparente.  

 

Todas las compañías de seguro lo hacen, unas más que otras. Al mercado dominicano ha entrado una compañía de nombradía internacional que es especialistas dando códigos a dueños de colmados, a dueños de panaderías, en fin, a todo el que tenga una póliza qué suscribir por pequeña que esta sea. ¿Quién controla eso? No se sabe. ¿Quién debería controlarlo? Si se sabe.

 

Otro aspecto que también debería observar la entidad que rige el seguro en el país es el manejo que tienen las compañías de seguros con los dealers de automóviles. ¿Tienen licencias? ¿Tienen conocimiento? ¿Están cumpliendo? Usted no puede ser juez y parte en una transacción.

 

La licencia debería ser anterior al código.

 

La Ley está ahí, la Superintendencia está facultada para controlar esas y muchas otras desviaciones que hay en el mercado asegurador en este momento. Ella debe asumir su papel protagónico en la regulación y el control de los actores, no solamente limitarse a ser observadora, debe participar en todo, vigilar, intervenir, inmiscuirse y enderezar distorsiones como esas que acabamos de describir. Es la integridad del mercado lo que está en juego, son los bienes, las vidas, el futuro de los habitantes de este terruño lo que está en juego.  ¿Por qué es indiferente si la ley la faculta?   


A propósito, hacia dónde se fue su página web www.supseguros.gob.do