Las cancelaciones de empleados que se realizan en las oficinas del Estado con el cambio de Gobierno, son violatorias a una resolución del Ministerio

Ultima Actualización: miércoles, 26 de agosto de 2020. Por: Hugo Gomez Guzman

La resolución al respecto fue emitida el 23 de marzo de este año y es la número 060-2020, la cual se ordena ejecutar con efecto retroactivo (a partir de la fecha en que se decretó el estado de emergencia).

Las cancelaciones de empleados que se realizan en las oficinas del Estado con el cambio de Gobierno, son violatorias a una resolución del Ministerio de Administración Pública (MAP) que prohíbe destituir servidores públicos y abrir procesos disciplinarios a trabajadores pertenecientes a las categorías de carrera administrativa, de estatuto simplificado y temporales, mientras dure el estado de emergencia.

 

La resolución al respecto fue emitida el 23 de marzo de este año y es la número 060-2020, la cual se ordena ejecutar con efecto retroactivo (a partir de la fecha en que se decretó el estado de emergencia).

 

El Ministerio de Administración Pública (MAP) emitió el (23 de marzo de 2020) la Resolución No. 060-2020, que prohíbe, con efecto retroactivo, “mientras dure el estado de emergencia, abrir procesos disciplinarios y destituir servidores públicos pertenecientes a las categorías de Carrera Administrativa, de Estatuto Simplificado y Temporales”, dice la citada resolución, publicada incluso en la página virtual del MAP.

No obstante, la disposición aclara que el MAP podrá autorizar a las autoridades competentes para iniciar un expediente disciplinario contra los servidores públicos que cometan una violación evidente de las medidas que estén directamente bajo su responsabilidad, relacionadas con el cumplimiento del estado de emergencia.