El Maltrato Animal y sus Consecuencias Jurídicas en la República Dominicana

Ultima Actualización: jueves, 23 de octubre de 2025. Por: Artículo Invitado

Introducción

El maltrato animal constituye una de las problemáticas sociales y éticas más graves en la actualidad. En la República Dominicana, este fenómeno ha sido reconocido legalmente como un delito mediante la promulgación de la Ley No. 248-12 sobre Protección Animal y Tenencia Responsable. Sin embargo, aunque el país cuenta con un marco jurídico que busca garantizar el bienestar y la protección de los animales, la aplicación de dicha ley sigue siendo limitada. Este análisis aborda las implicaciones jurídicas del maltrato animal en el contexto dominicano, así como los retos sociales que dificultan su cumplimiento efectivo.

1. Concepto y manifestaciones del maltrato animal

El maltrato animal se entiende como toda acción u omisión que cause daño físico o psicológico a un animal, privándolo de las condiciones necesarias para su bienestar. Este comportamiento incluye actos como golpear, abandonar, desnutrir, someter a estrés o realizar prácticas crueles sin justificación. En la República Dominicana, estas manifestaciones son comunes en las calles, mercados y zonas rurales, donde persisten tradiciones y prácticas contrarias a la protección animal, tales como las peleas de perros y el abandono masivo de mascotas.

2. Marco jurídico de protección animal en la República Dominicana

El principal instrumento legal que regula la protección de los animales en el país es la Ley No. 248-12, promulgada el 15 de agosto de 2012. Esta ley establece las bases para garantizar la tenencia responsable, la protección contra el sufrimiento innecesario y el control de la población animal. Según el Artículo 61, se prohíben los actos de crueldad y maltrato hacia los animales, el abandono, así como cualquier acción realizada con alevosía, maldad, brutalidad, egoísmo o por simple satisfacción personal. Por su parte, el Artículo 64 sanciona la negligencia en el cuidado de los animales y establece que toda persona que viole lo dispuesto en los artículos 17, 18, 19, 26, 31, 33, 34, 35, 36, 37, 40, 47 y 59 de dicha ley, será sancionada. Además, el Artículo 65 dispone las penas aplicables en casos de maltrato, señalando que quien infrinja los artículos 25, 28, 55 y 60 podrá ser castigado conforme a la gravedad del hecho.

3. Consecuencias jurídicas del maltrato animal

La Ley 248-12 contempla sanciones tanto penales como administrativas para quienes cometan actos de crueldad o negligencia contra los animales. Entre las principales consecuencias jurídicas se destacan:

• Multas económicas: De acuerdo con la gravedad del hecho, las multas pueden oscilar entre uno (1) y cien (100) salarios mínimos nacionales (Art. 64).

• Penas privativas de libertad: En casos de crueldad extrema o muerte intencional del animal, el infractor puede enfrentar de tres (3) meses a un (1) año de prisión (Art. 65).

• Inhabilitación para la tenencia de animales: El infractor puede ser prohibido temporalmente de poseer o cuidar animales, especialmente si reincide.

• Responsabilidad civil: Además de las sanciones penales, el responsable puede ser obligado a indemnizar los daños y perjuicios ocasionados.

4. Retos en la aplicación de la ley

A pesar de contar con un marco jurídico sólido, la aplicación de la Ley 248-12 enfrenta diversos desafíos. Entre ellos se encuentran la falta de educación ciudadana sobre el bienestar animal, la ausencia de unidades especializadas de protección animal dentro de la Policía Nacional y el limitado seguimiento judicial de los casos denunciados. Según organizaciones como la Fundación Protectora de Animales y el Centro de Protección Animal, la mayoría de los casos de maltrato no llegan a ser procesados por falta de denuncias o por desconocimiento de los mecanismos legales disponibles.

5. Reflexión ética y social

Más allá del ámbito jurídico, el maltrato animal plantea un dilema ético que involucra los valores de la sociedad dominicana. La forma en que tratamos a los animales refleja nuestro nivel de empatía, justicia y respeto por la vida. Fomentar el respeto hacia los animales no solo previene la crueldad, sino que también contribuye a la construcción de una sociedad más compasiva y moralmente desarrollada.

Conclusión

El maltrato animal en la República Dominicana representa un desafío jurídico y moral que requiere la participación activa del Estado y de la ciudadanía. La Ley 248-12 constituye un avance significativo en materia de protección animal, pero su eficacia depende de la educación, la denuncia ciudadana y la aplicación estricta de las sanciones. Proteger a los animales no es únicamente una obligación legal, sino también un compromiso ético con la vida y la justicia. En última instancia, el respeto hacia los animales refleja el nivel de humanidad de una sociedad.

 

                                                                              Lic. Ramón Elías Reinoso Nery

Magíster en Derecho Penal y Procesal Penal Contemporáneo.

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